05/03/11

SORTU

 O Tribunal Supremo deixa en suspenso os trámites de inscrición no rexistro de partidos políticos de Sortu, partido da esquerda abertzale, que rexeita o uso da violencia e do terrorismo nos seus estatutos.
“PÚBLICO:Con una celeridad inusitada, la Sala del 61 del Tribunal Supremo ha admitido este jueves a trámite la demanda del Gobierno contra Sortu y ha acordado dejar en suspenso los trámites para su inscripción en el registro de partidos políticos del Ministerio del Interior, tal y como prevé la Ley de Partidos. Así lo ha acordado la sala especial del Supremo menos de cinco horas después de que el abogado general del Estado, Joaquín de Fuentes Bardají, registrara en el Alto Tribunal la demanda”.
“EL PAÍS”:La Abogacía del Estado considera que hay pruebas suficientes de que Sortu, el partido impulsado por dirigentes de la ilegalizada Batasuna, finge un rechazo a ETA que no es real y que lo hace solo para poder concurrir a las elecciones del próximo 22 de mayo. "El rechazo estatutario del terrorismo [por parte de Sortu] es cosmético, retórico e instrumental, no real", señala la Abogacía del Estado en la demanda. El nuevo partido, promovido por y desde la Izquierda Abertzale/Batasuna, nace y se presenta con un marcado alejamiento táctico de la violencia, pero sin una sola condena real para el uso del terrorismo como instrumento de acción política. Las mismas personas que hasta hace unos meses jaleaban a los asesinos de ETA en las manifestaciones de la izquierda abertzale manifiestan estar ahora lejos de la violencia y, desde luego, consideran a los terroristas que cumplen condenas firmes de prisión como presos políticos".
Algunhas preguntas:
¿Quén vai promover o novo partido senón a esquerda abertzale?
¿Cantas xeracións terán que pasar para que non existan as mesmas persoas da actual esquerda abertzale nas listas?.
¿Ata cando ter asistido a manifestacións "a jalear", será unha agravante?.
¿Porqué o rexeitamento de todo tipo de violencia, expresado nos estatutos de Sortu é cosmético, retórico e instrumental, non real?.
¿A Constitución Española cando dí que todos temos dereito a un traballo digno, e a unha remuneración suficiente, a vivenda, etc. é real, ou é cosmética e retórica?.
¿Todos somos iguais diante da Lei?.

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