“ABSUELTOS LOS PROCESADOS DE UDALBILTZA:La absolución de los veinte ciudadanos vascos que en su calidad de alcaldes y concejales fueron acusados de ser el «frente institucional de ETA» por su participación en Udabiltza, es una muy buena noticia. Primeramente, para los encausados, sus familias y allegados que, después de más de siete años en los que han conocido la cárcel, la restricción de derechos fundamentales y un constante ataque mediático a su reputación y buen nombre, han llegado al final de la pesadilla. También para el equipo de abogados vascos que, con una defensa sólida y brillantemente argumentada, desmontó la tesis argumental de la Fiscalía y las acusaciones. A saber: que la construcción nacional de Euskal Herria es un todo diseñado por ETA, bajo su control directo y exclusivo, que los instalados en esquemas del pasado quieren hacer «doctrina de Estado».
Es una muy buena noticia para el país, que tras la sentencia de «Egunkaria» ahonda en un estado de ánimo, más o menos contagioso, de que el castillo empieza a quebrarse y las piedras filosofales en las que se sostiene empiezan a caer. Y ello es un logro colectivo, fruto de una movilización popular e internacional sostenida en el tiempo, que ha conectado con las mentes y corazones de una amplia mayoría social.
Satisfacción en Euskal Herria tras la absolución de los electos de Udalbiltza
La Audiencia Nacional ha absuelto a los procesados de Udalbiltza del delito de «integración en organización armada» porque no existen pruebas de ninguna relación entre la asociación de municipios y ETA, tan sólo «hipótesis» basadas en «deducciones extraídas» por la Policía. La Fiscalía, que mantuvo la acusación durante ocho años, anunció que no recurrirá la sentencia porque la considera «bien fundada».
La sentencia comienza desmontando la existencia de dos Udalbiltza y señala que «Udalbiltza Kursaal» es «una denominación meramente policial», por cuanto los objetivos de la asociación permanecen inalterados desde la asamblea constitutiva de Iruñea en febrero de 1999 y que, «aunque coinciden con algunas de las pretensiones de ETA, esas ideas y objetivos no son exclusivos de la banda criminal». También recoge que sentar «la premisa de que todo lo que nombre ETA está bajo su control, sea la lengua, el deporte, la soberanía, la autodeterminación, la nacionalidad, o la política en general», conduce «contra toda lógica» a «criminalizar la cultura y el deporte vasco o las ideas independentistas o secesionistas».
Ilegal no es terrorista
Esa misma vía de que no todo lo que nombre ETA pasa a ser criminalizable también es recorrida por el tribunal que encabeza Gómez Bermúdez para aplicarlo a las personas. Y en la sentencia se deja claro que no cabe, como pretenden las acusaciones, «extraer la conclusión inadmisible en Derecho, por vía de contaminación, de que si en un acto o iniciativa están presentes determinadas personas que posteriormente han sido imputadas y/o condenadas por su relación con ETA, todo lo que entre en contacto con ellos es ETA».
También recoge que «la ilegalidad de una formación política, coalición, agrupación de electores o cualquier otra forma de participación en unas elecciones no implica necesariamente que sus promotores, impulsores o coordinadores sean integrantes o colaboradores con una organización terrorista; es decir, las consecuencias de la Ley de Partidos y las consecuencias penales no están en relación de causa-efecto»
Palo al instructor
La causa por la que se juzgó a los procesados de Udalbiltza estuvo basada en la documentación aportada por la Policía y en las declaraciones de agentes que actuaban como peritos.
Y la sentencia llega a una doble conclusión altamente crítica con los llamados peritos y con el juez que instruyó el caso, Baltasar Garzón. Por un lado, afirma que «del examen de la documentación unida a los informes y del propio resultado del interrogatorio en el plenario de los comparecientes como peritos, concluimos que no estamos ante una auténtica pericial». Y por otro, que la tesis de estos policías «ha sido asumida acríticamente por el instructor y las acusaciones».
Udalbiltza «es una idea o proyecto nacionalista, pero no terrorista»
Contrariamente a lo dictado en otras muchas sentencias, en las que la defensa de determinadas ideas o proyectos conlleva la acusación de pertenencia o colaboración con ETA, en este caso la Audiencia Nacional hace una interpretación totalmente contraria, en la que viene a decir que es ETA la que trata de apropiarse de «objetivos naturales de los nacionalistas, como son el reconocimiento de Euskal Herria, del derecho de autodeterminación y de la unidad territorial o territorialidad».
Por contra, el tribunal concluye que «la nacionalidad aparece desde el inicio como uno de los principios o líneas programáticas de la asamblea de municipios. No es una imposición de ETA ni, menos aún, una idea original de la banda terrorista, sino una aspiración legítima de todo nacionalista».”
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